La Universidad Nacional Experimental de las Artes es autónoma conforme a la Constitución y la Ley que rige la materia, y está sujeta a la voluntad soberana del pueblo.
La autonomía universitaria comprende:
La legitimidad que se deriva de las acciones que impongan su estrecha vinculación y correspondencia con las necesidades y requerimientos del pueblo venezolano. Latinoamericano y del Caribe.
La definición, proyección e instrumentación de las políticas académicas y administrativas, u otras que se requieran para alcanzar los compromisos y objetivos de la Institución.
La redacción y aprobación de sus normas, procesos y procedimientos internos.
La elaboración, aprobación y ejecución de sus planes académicos dentro del ámbito de la universalización y municipalización educativa, así como el diseño de programas específicos para la formación integral.
La creación de estructuras integradas, derivadas de procesos académicos articulados con los procesos de asesoría, estrategia, logística y de apoyo administrativo, que permitan el fortalecimiento de la Institución.
La determinación del carácter incluyente del proceso de ingreso y permanencia de estudiantes, y la creación de las condiciones de equidad para su formación y obtención del título, diploma o certificado correspondiente.
La expedición de los títulos, diplomas o certificados de carácter oficial.
La determinación del régimen laboral interno de la Universidad referido al ingreso, permanencia, egreso, incapacidad y jubilación de sus trabajadores.
La creación y fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales de carácter nacional o internacional para la promoción y desarrollo de sus fines político-académico.
La creación de espacios políticos-académicos para la participación democrática y protagónica de las comunidades, dentro y fuera de la Universidad, de apoyo en los procesos de toma de decisiones.
La elaboración de su plan operativo anual, aprobación y ejecución de su presupuesto, con sujeción a las orientaciones en materia de educación universitaria.